RND N.º 102600000031: nuevas modificaciones al Registro Nacional de Contribuyentes
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), mediante la Resolución Normativa de Directorio (RND) N.º 102600000031, de 13 de agosto de 2026, modificó e incorporó disposiciones a la RND N.º 102500000017, normativa que regula el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

La nueva normativa busca simplificar los procedimientos relacionados con la modificación de datos tributarios e implementar nuevos servicios electrónicos para consultar el estado del Número de Identificación Tributaria (NIT) y obtener certificaciones con plena validez jurídica.
La Resolución se encuentra vigente desde su publicación, efectuada el 15 de agosto de 2026.
1. Cambio de tipo de contribuyente
Una de las principales novedades es la posibilidad de solicitar el cambio de tipo de contribuyente en los siguientes casos:
- De Persona Natural a Empresa Unipersonal.
- De Empresa Unipersonal a Persona Natural.
El trámite podrá realizarse en línea o de manera presencial, cumpliendo los requisitos establecidos en el Anexo Técnico dispuesto por el Servicio de Impuestos Nacionales.
Esta modificación permite que los contribuyentes puedan adecuar su registro tributario a la forma en la que actualmente desarrollan su actividad económica.
2. Cambios entre regímenes tributarios
La nueva RND también amplía las posibilidades de cambio entre los Regímenes Especiales y el Régimen General.
¿Qué establecía anteriormente la normativa?
La RND N.º 102500000017 contemplaba principalmente el cambio desde los siguientes Regímenes Especiales hacia el Régimen General:
- Régimen Tributario Simplificado (RTS).
- Sistema Tributario Integrado (STI).
- Régimen Agropecuario Unificado (RAU).
¿Qué cambia con la nueva RND?
A partir de la modificación, el cambio podrá efectuarse en ambos sentidos:
- Del RTS, STI o RAU al Régimen General.
- Del Régimen General al RTS, STI o RAU, siempre que el contribuyente cumpla las condiciones y requisitos correspondientes.
El trámite podrá solicitarse en línea o de forma presencial.
3. Cambio irreversible del RAU al Régimen General
La normativa establece una consideración especialmente importante para los contribuyentes inscritos en el Régimen Agropecuario Unificado (RAU).
Cuando un contribuyente cambie del RAU al Régimen General para desarrollar actividades agrícolas o pecuarias, dicho cambio tendrá carácter irreversible.
Esto significa que posteriormente no podrá reincorporarse al RAU.
Por esta razón, antes de solicitar el cambio es recomendable evaluar cuidadosamente sus efectos tributarios, administrativos y económicos, considerando las obligaciones que podrían generarse dentro del Régimen General.
4. Consulta del Estado del NIT
La RND incorpora formalmente el servicio de “Consulta del Estado del NIT”, disponible mediante la página web del Servicio de Impuestos Nacionales, en la opción:
Servicios al Ciudadano
Este servicio permitirá verificar electrónicamente la situación registrada del NIT, facilitando el acceso a esta información sin necesidad de acudir presencialmente a las oficinas del SIN.
5. Certificación de Registro en el RNC
Los contribuyentes podrán obtener la “Certificación de Registro en el RNC” mediante la:
Oficina Virtual Tributaria
Este documento permitirá acreditar la información tributaria registrada por el contribuyente ante el Servicio de Impuestos Nacionales.
6. Certificación de No Tenencia de NIT
También se incorpora la “Certificación de No Tenencia de Número de Identificación Tributaria (NIT)”.
Esta certificación podrá obtenerse mediante la opción:
Servicios al Ciudadano
Su finalidad es acreditar oficialmente que una persona no cuenta con un NIT registrado ante el Servicio de Impuestos Nacionales.
7. Código QR y validez jurídica de las certificaciones
Tanto la Certificación de Registro en el RNC como la Certificación de No Tenencia de NIT incorporarán un código QR.
Este código permitirá verificar electrónicamente la autenticidad de los documentos, brindando mayor seguridad a las instituciones, empresas o personas que requieran comprobar la información certificada.
Las certificaciones electrónicas tendrán:
- Plenos efectos jurídicos.
- Validez probatoria.
- Vigencia en todo el territorio nacional.
Sin embargo, estas certificaciones perderán automáticamente su validez cuando se modifique cualquiera de los datos contenidos en ellas. En ese caso, será necesario obtener una nueva certificación actualizada.
Principales cambios de la RND N.º 102600000031
En resumen, las principales novedades son:
- Cambio entre Persona Natural y Empresa Unipersonal.
- Cambio entre Regímenes Especiales y Régimen General en ambos sentidos.
- Irreversibilidad del cambio del RAU al Régimen General para actividades agrícolas o pecuarias.
- Consulta electrónica del Estado del NIT.
- Certificación electrónica de Registro en el RNC.
- Certificación electrónica de No Tenencia de NIT.
- Incorporación de códigos QR para verificar la autenticidad de las certificaciones.
- Reconocimiento de plena validez jurídica y probatoria a las certificaciones electrónicas.
Recomendación para los contribuyentes
Antes de realizar un cambio de tipo de contribuyente o de régimen tributario, es importante verificar el cumplimiento de los requisitos correspondientes y analizar previamente las obligaciones tributarias que podrían surgir como consecuencia de la modificación.
Este análisis resulta especialmente importante para los contribuyentes del RAU, debido al carácter irreversible del cambio al Régimen General cuando se desarrollen actividades agrícolas o pecuarias.
En CONAC S.R.L. podemos asesorarte en la revisión de tu situación tributaria, la determinación del régimen que corresponda y la realización de trámites ante el Servicio de Impuestos Nacionales.



